MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. ESTANCIAS DE PROFESORES E INVESTIGADORES SENIOR EN CENTROS EXTRANJEROS (MODALIDAD A)
La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de 400 ayudas para estancias en el extranjero del profesorado universitario e investigadores con experiencia y trayectoria profesional acreditadas, en una actuación dirigida a propiciar la movilidad con fines de actualización permanente.
Requisitos de los solicitantes:
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Fecha límite entidad convocante: 09/02/2023 a las 14:00 (horario peninsular)
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSÉ CASTILLEJO PARA JÓVENES DOCTORES (MODALIDAD B)
La presente convocatoria tiene como objeto financiar 260 estancias que favorezcan e incentiven la movilidad de jóvenes doctores, que se hayan incorporado recientemente a la carrera docente e investigadora y mantengan una vinculación contractual como profesores e investigadores con sus centros de adscripción.
Requisitos de los solicitantes:
Fechas de inicio y fin de las estancias
Más información
Fecha límite entidad convocante: 09/02/2023 a las 14:00 (horario peninsular)
FUNDACIÓN BBVA. AYUDAS CSIC - FUNDACIÓN BBVA DE COMUNICACIÓN CIENTÍFICA 2022
La presente convocatoria tiene como objeto impulsar la formación especializada en comunicación científica en España mediante la concesión de 2 ayudas individuales a titulados universitarios en cualquier disciplina en las que realizarán estancias en uno o más centros del CSIC para conocer de manera directa el proceso de investigación científica.
Requisitos de los solicitantes:
Duración: Entre 6 y 12 meses
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Fecha límite entidad convocante: 15/02/2023 a las 12:00 (horario peninsular)
La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de 400 ayudas para estancias en el extranjero del profesorado universitario e investigadores con experiencia y trayectoria profesional acreditadas, en una actuación dirigida a propiciar la movilidad con fines de actualización permanente.
Requisitos de los solicitantes:
- Haber obtenido el grado de doctor con anterioridad al 1 de enero de 2011, salvo los funcionarios de carrera de las universidades públicas españolas o de las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, en cuyo caso, aunque el grado se haya obtenido con posterioridad han de concurrir a esta modalidad.
- Estar en servicio activo y con dedicación a tiempo completo en la vinculación acreditada con el organismo de origen que da su conformidad a la subvención solicitada.
- No haber disfrutado estancias en el extranjero por un período acumulado superior a seis meses durante los últimos 4 años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, contabilizándose cualquier estancia de duración igual o superior a un mes. El cumplimiento de este requisito debe mantenerse en la fecha de inicio de la estancia.
- Las estancias deberán realizarse entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024. No obstante, en el caso de aquellos profesores y/o investigadores que deseen iniciar la estancia en 2023 con anterioridad a la fecha de la resolución de concesión y así lo hayan manifestado en las correspondientes solicitudes, la misma tendrá efectos retroactivos siempre que se acredite la realización de la estancia en los términos requeridos en la convocatoria y en las fechas establecidas en la resolución de concesión.
- 70 estancias podrán corresponder a estancias en EE.UU., en el marco del Programa Fulbright. Los solicitantes que opten por presentar la solicitud al Programa Fulbright, sólo podrán solicitar una fecha de inicio posterior al 1 de enero de 2024. (Para la condiciones específicas en “Estancias en Estados Unidos de América en colaboración con la Comisión Fulbright”, consultar el Artículo 3 de las Bases)
- Las estancias se solicitarán y concederán, en todos los casos, desde el día 1 del mes de inicio hasta el último día del mes de finalización.
- Para llevar a cabo el proyecto el beneficiario ha de integrarse en un grupo del centro receptor y uno de sus miembros ha de asumir ser responsable de la actividad docente/investigadora del mismo a lo largo de la estancia.
- No podrán admitirse a trámite solicitudes en las que no haya un grupo receptor, formado como mínimo por dos profesores/investigadores de dicho centro.
- La estancia ha de solicitarse para un solo centro de destino, que será el centro receptor.
- Los centros para los que se solicite la estancia deberán estar situados en el extranjero y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos.
- En ningún caso el país de destino podrá coincidir con el de nacionalidad del beneficiario salvo que éste acredite tener su residencia legal en España y haber transcurrido como mínimo 2 años con vinculación indefinida con el centro de adscripción.
- Solo en los casos que el candidato acredite un grado de discapacidad superior al 65%, no será obligatoria la movilidad al extranjero y el centro receptor podrá estar, excepcionalmente, en territorio español, pero se requerirá cambio de residencia habitual.
- Las subvenciones sólo serán compatibles con la vinculación contractual o funcionarial del beneficiario en el centro de adscripción.
- Las subvenciones serán incompatibles con cualquier compromiso o actividad profesional no vinculada directamente al trabajo de investigación financiado, que requiera una ausencia del beneficiario de su centro de destino.
- Los beneficiarios no podrán percibir ninguna cuantía destinada a los gastos de viaje y estancia en el extranjero con cargo a ningún proyecto ni similar.
- Una dotación mensual en concepto de gastos de alojamiento y manutención entre 2.150 y 3.100€ al mes, o la parte proporcional por los días que correspondan si en el mes de inicio y finalización no se permanece en el centro receptor durante todo el mes.
- Una dotación para gastos de viaje hasta un máximo de 1.200 €.
- Una dotación para gastos de instalación hasta un máximo de 2.000 €.
- Todos los beneficiarios de las subvenciones podrán contratar un seguro de accidentes, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda de gastos de instalación.
Más información
Fecha límite entidad convocante: 09/02/2023 a las 14:00 (horario peninsular)
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSÉ CASTILLEJO PARA JÓVENES DOCTORES (MODALIDAD B)
La presente convocatoria tiene como objeto financiar 260 estancias que favorezcan e incentiven la movilidad de jóvenes doctores, que se hayan incorporado recientemente a la carrera docente e investigadora y mantengan una vinculación contractual como profesores e investigadores con sus centros de adscripción.
Requisitos de los solicitantes:
- Haber obtenido el grado de doctor con posterioridad al 1 de enero de 2011, salvo los funcionarios de carrera de las universidades públicas españolas o pertenecientes a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, en cuyo caso, aunque el grado se haya obtenido con anterioridad han de concurrir siempre a la Modalidad A.
- Estar en servicio activo y con dedicación a tiempo completo en la vinculación acreditada con el organismo de origen que da su conformidad a la subvención solicitada.
- No haber disfrutado estancias en el extranjero por un período acumulado superior a seis meses durante los últimos 4 años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, contabilizándose cualquier estancia de duración igual o superior a un mes. El cumplimiento de este requisito debe mantenerse en la fecha de inicio de la estancia.
Fechas de inicio y fin de las estancias
- Las estancias deberán realizarse entre el 1 de septiembre de 2023 hasta el 31 de agosto de 2024. No obstante, en el caso de aquellos profesores y/o investigadores que deseen iniciar la estancia en 2023 con anterioridad a la fecha de la resolución de concesión y así lo hayan manifestado en las correspondientes solicitudes, para el caso de concesión de la ayuda, la misma tendrá efectos retroactivos siempre que se acredite la realización de la estancia en los términos requeridos en la convocatoria y en las fechas establecidas en la resolución de concesión.
- Los solicitantes que opten por presentar la solicitud al Programa Fulbright, sólo podrán solicitar una fecha de inicio posterior a 1 de enero de 2024. (Para la condiciones específicas en “Estancias en Estados Unidos de América en colaboración con la Comisión Fulbright”, consultar el Artículo 3 de las Bases)
- Las estancias se solicitarán y concederán, en todos los casos, desde el día 1 del mes de inicio hasta el último día del mes de finalización.
- Para llevar a cabo el proyecto el beneficiario ha de integrarse en un grupo del centro receptor y uno de sus miembros ha de asumir ser responsable de la actividad docente/investigadora del mismo a lo largo de la estancia.
- No podrán admitirse a trámite solicitudes en las que no haya un grupo receptor, formado como mínimo por dos profesores/investigadores de dicho centro.
- La estancia ha de solicitarse para un solo centro de destino, que será el centro receptor.
- Los centros para los que se solicite la estancia deberán estar situados en el extranjero y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos.
- En ningún caso el país de destino podrá coincidir con el de nacionalidad del beneficiario salvo que éste acredite tener su residencia legal en España y haber transcurrido como mínimo 2 años con vinculación indefinida con el centro de adscripción.
- Solo en los casos que el candidato acredite un grado de discapacidad superior al 65%, no será obligatoria la movilidad al extranjero y el centro receptor podrá estar, excepcionalmente, en territorio español, pero se requerirá cambio de residencia habitual.
- Las subvenciones sólo serán compatibles con la vinculación contractual o funcionarial del beneficiario en el centro de adscripción.
- Las subvenciones serán incompatibles con cualquier compromiso o actividad profesional no vinculada directamente al trabajo de investigación financiado, que requiera una ausencia del beneficiario de su centro de destino.
- Los beneficiarios no podrán percibir ninguna cuantía destinada a los gastos de viaje y estancia en el extranjero con cargo a ningún proyecto ni similar.
- Una dotación mensual en concepto de gastos de alojamiento y manutención entre 2.150 y 3.100 € al mes, o la parte proporcional por los días que correspondan si en el mes de inicio y finalización no se permanece en el centro receptor durante todo el mes.
- Una dotación para gastos de viaje hasta un máximo de 1.200 €.
- Una dotación para gastos de instalación hasta un máximo de 2.000 €.
- Todas las personas beneficiarias de las subvenciones podrán contratar un seguro de accidentes, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda de gastos de instalación.
Más información
Fecha límite entidad convocante: 09/02/2023 a las 14:00 (horario peninsular)
FUNDACIÓN BBVA. AYUDAS CSIC - FUNDACIÓN BBVA DE COMUNICACIÓN CIENTÍFICA 2022
La presente convocatoria tiene como objeto impulsar la formación especializada en comunicación científica en España mediante la concesión de 2 ayudas individuales a titulados universitarios en cualquier disciplina en las que realizarán estancias en uno o más centros del CSIC para conocer de manera directa el proceso de investigación científica.
Requisitos de los solicitantes:
- Ser titulado universitario en cualquier área de conocimiento. La ayuda será compatible con su desempeño profesional.
- De nacionalidad española con residencia en España, o nacionales de otros países con residencia en España, en los términos previstos en estas bases.
- Deberá tener una edad máxima de 35 años a 31 de diciembre de 2022. Esta edad podría ser ampliada hasta un máximo de tres años cuando se hayan producido interrupciones en la carrera profesional por el nacimiento, adopción o acogimiento de hijo/s, o por bajas por accidente o enfermedad de dos o más meses continuados. En los supuestos se podrá ampliar el plazo en un periodo igual al de la interrupción, redondeándolo al alza por mes completo.
Duración: Entre 6 y 12 meses
Más información
Fecha límite entidad convocante: 15/02/2023 a las 12:00 (horario peninsular)